sábado, 21 de marzo de 2009

El lugar del supervisor frente a la convivencia y la disciplina escolar
Prof. Raúl Moroni

No es conveniente abordar este tema, sin antes repasar aunque sea brevemente, cuál es o debería ser el rol de la supervisión escolar dentro del proceso que hace a la gestión del curriculum.No hace falta abundar en detalles para decir que la función del supervisor se ha instituido a lo largo de la historia de nuestra educación como una función de control, con fuerte acento en los aspectos administrativos de la escuela. Sin embargo, si lo que deseamos es acercar algunas ideas sobre cuál podría ser el lugar desde el que los supervisores podrían situarse frente a la convivencia y disciplina escolar debemos referirnos a una supervisión que se asuma como factor dinamizador de la construcción curricular. En dicho contexto situaremos a los supervisores como facilitadores de los procesos de cambio e incorporaremos también la gestión de la convivencia escolar como objeto de su trabajo cotidiano.La supervisión es una función educativa y el/la supervisor/a es un educador/a. Incorporar la dimensión pedagógica a su rol es el primer paso a dar y esto supone todo un desafío y un cambio cualitativo que nuestra educación en pleno proceso de cambio necesita.La dimensión pedagógica es una dimensión de construcción colectiva y de crecimiento para todos los actores institucionales en la que el supervisor colabora desde su rol apoyando dicha construcción.Para el caso concreto de la convivencia escolar, la identificación de las necesidades educativas y características del contexto social y educativo son aportes que se pueden realizar más adecuadamente desde la supervisión, ya que el personal directivo de la escuela trabaja más en el día a día de la escuela y no dispone de una visión panorámica mayor que la que la dinámica de su establecimiento educativo le permite.El supervisor no debería estar necesariamente acosado por la inmediatez de los acontecimientos, aunque en numerosas oportunidades esto sucede.Puede ser el facilitador y dinamizador de la tarea hacia el interior de las instituciones y un articulador entre las escuelas favoreciendo el diálogo y el intercambio de experiencias entre las mismas.La gestión de la información necesaria para la puesta en marcha de los programas de convivencia escolar es otra de las tareas que el supervisor podría asumir situándose como un organizador del conjunto institucional.Como el curriculum es también un espacio de aprendizaje, el supervisor es quien a partir de su propia capacitación será un constante abastecedor de insumos a cada una de las escuelas a su cargo, convirtiéndose en un asesor competente capaz de abordar los problemas de las relaciones interpersonales y grupales en las instituciones educativas y en las problemáticas sobre convivencia en las escuelas ya sea anticipándose al surgimiento de las mismas o acompañando a la dirección escolar y a la institución en la resolución de las situaciones ya producidas.Las reflexiones precedentes intentan aportar ideas acerca del tema en cuestión, que desde ya no constituyen más que una opinión a la que pueden sumarse otras que estén o nó de acuerdo con lo expresado. De esta manera, el diálogo queda abierto
LA SUPERVISION EDUCATIVA EN GUATEMALA



Escrito por
Julio Antonio De León Sosa,
Supervisor de Educación. Izabal, Guatemala.


Por todos es sabido que la Supervisión Educativa constituye, se considera la columna vertebral del Sistema Educativo en el sentido de ser aquélla la que sostiene el nexo entre la administración superior y la comunidad educativa. Acciona como orientadora y brinda asistencia técnica, permanente y profesional tanto a directivos como docentes, así como media en la resolución de conflictos, producto de la poca o nula comunicación entre las partes involucradas.
En Guatemala la supervisión educativa como tal tiene su base legal en lo siguiente: a) Constitución Política de la República de Guatemala, (Artículos 71, 72, 73 y 74)b) Decreto Legislativo No. 12-91, Ley de Educación Nacional, c) Acuerdo Gubernativo 123"A", de fecha 11 de mayo de 1965, "Reglamento de la Supervisión Técnica Escolar"
De conformidad con lo que establece el Acuerdo Gubernativo 123 "A", "Reglamento de la Supervisión Técnica Escolar" el supervisor escolar es un ente que entre sus funciones está la de contribuir a la superación de los docentes, a la resolución de los conflictos, a poner en marcha los programas y proyectos establecidos por el Ministerio de Educación, a la aplicación de la norma cuando fuese necesario. Se establece que la supervisión escolar está bajo el Supervisor departamental educativo.
A finales de 1989, debido a que los supervisores educativos apoyaron a los docentes en una huelga que duró cuatro meses, el Ministro de Educación de esa época destituye a todos los supervisores y crea una figura temporal denominada "Coordinadores Educativos".
Como resultado de tal acción, el sistema educativo no estaba marchando bien, pues no había control, no se seguían los lineamientos, por lo que en 1992 se creó la nueva figura del Supervisor Educativo, la cual vino a recuperar el espacio perdido y a retomar la acción de acompañamiento y asesoramiento.
En mayo de 1996, mediante el Acuerdo Gubernativo 165-96, se crean las Direcciones Departamentales de Educación. En su artículo 7º. establece que "la supervisión educativa de la jurisdicción que corresponda queda incorporada a la Dirección Departamental de Educación respectiva, siendo en consecuencia el Director Departamental de Educación el jefe inmediato superior de dicha supervisión".
En 1999 el Ministro de Educación crea paralelo a los supervisores la figura del Coordinador Técnico Administrativo, sin una base legal, solamente con un manual de funciones, (tomadas en su mayoría del Acuerdo Gubernativo 123 "A" y de la Ley de Servicio Civil). Con esto pretendía que se mejorara la atención al cliente y que cada supervisor tuviera una cantidad reducida de establecimientos.
Para el año 2003 existían tres figuras, lo que ocasionaba, en algunos casos, fricción pues quienes poseían nombramiento de supervisor educativo se sentían con más derechos que aquellos que estaban asignados como coordinadores.
Todo esto hizo que en este año 2006, se nivelaran las categorías, y ha venido a mejorar las relaciones entre todos.
Por ser una figura de carácter técnico administrativo, en muchas ocasiones es visto como el malo de la película debido a que se deben aplicar sanciones y muchas veces drásticas.
ORGANIZACIÓN
Guatemala está dividida en 22 departamentos, y éstos a su vez en municipios, (332 en total). En servicio hay 141 supervisores con nombramiento de Supervisor Educativo y 224 de Profesional I con funciones de Supervisor Educativo. A cada supervisor le corresponde un distrito escolar el cual oscila entre 14 a 50 establecimientos educativos tanto del área urbana como rural, (tanto del sector oficial como privado y por cooperativa).
Entre los establecimientos a supervisar hay del nivel preprimario, primario y medio. Son pocos lo supervisores que atienden solamente un nivel. Como se podrá observar los problemas son variopintos y por consiguiente se debe tener una habilidad tal como para resolver situaciones de diferente nivel.
Las actuaciones están contenidas en un Plan Operativo Anual, POA, en donde se establecen las visitas que se realizarán en el año, así como otras acciones a realizar.
EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO:
En la actualidad existen dos tipos de personal en servicio: los presupuestados y los contratados. A estos últimos es a los únicos que se les ha evaluado en su desempeño. En el caso del supervisor educativo únicamente interviene en la evaluación del docente contratado como director del centro. La evaluación consiste en una hoja de entrevista con indicadores de actuación tanto a nivel docente como con la comunidad. Los resultados únicamente los utilizan para la recontratación. Esto ha permitido que la mayoría continúe laborando. Al supervisor educativo no se le evalúa constantemente.
CAPACITACIONES
Con motivo de la Reforma Educativa, se ha involucrado al supervisor educativo en las capacitaciones de actualización docente como facilitadores del proceso de capacitación de los mismos. Las capacitaciones consisten en cálculo matemático, comprensión lectora y otros temas que le servirán para el desarrollo de su clase. En cuanto a la preparación en sí como administradores de la educación a nivel Departamental se llevan capacitaciones de reforzamiento y actualización en la aplicación de la norma y sobre relaciones humanas. Hay que hacer notar que éstas no son constantes.
Julio Antonio De León Sosa
Guatemala