jueves, 21 de mayo de 2009

Documento entregado a Ministra-11de abril 2009

El FORO DE SUPERVISORES desde una visión holística presenta por este medio algunas inquietudes que hacen al funcionamiento del Ministerio de Educación, considerando que éste constituye un sistema, por lo tanto las acciones o modificaciones que se realizan en un área o subsistema del mismo, repercute en el todo, fundamentalmente en los destinatarios: niños, jóvenes y adultos que son su objetivo central.
El estado constituye la máxima instancia de articulación de las relaciones sociales y desde esta perspectiva son los profesionales que lo componen la garantía ciudadana de que los intereses públicos y privados que intervienen en la materialización de la educación se encuentren regulados adecuadamente para hacer posible el ejercicio de ese derecho para todos y todas.
Las políticas neo-liberales, que proponían un estado mínimo, han llevado a la des-jerarquización de las áreas técnico-pedagógicas, mediante el vaciamiento (no se nombran supervisores, no se crean los cargos necesarios) y la desvalorización de los aportes.
Vemos con preocupación el debilitamiento de la esencia misma del Estado, que es la función pública. El deterioro de la gestión estatal en todo lo concerniente a exceso de tiempo en las tramitaciones, imprecisión en las definiciones, confusión en las decisiones, violación o excepciones permanentes a las normativas vigentes, que afectan el normal desarrollo de la labor del docente y de la dignidad del mismo.
Si tenemos en cuenta que la supervisión implica:
1. Una función del sistema educativo; ejercida por los supervisores es un factor fundamental para asegurar la calidad.
2. La misión objetivo es atender los aspectos pedagógicos y administrativos que inciden en la calidad de los procesos escolares.
3. Los Fines son: intervenir en el planeamiento estratégico, asegurar la normalidad educativa mínima y el mejoramiento continuo de la calidad.
4. Tiene como principios de acción la animación, detección de logros y dificultades, resolución reflexiva de problemas y orientación para lograr con calidad y equidad las metas de la educación.
5. Sistema de Trabajo: colegiado, decisiones por consenso, organización por redes temáticas, con agenda de trabajo precisa.
6. Modalidades: animación, asesoramiento, monitoreo, evaluación.
7. Sistemas de apoyo: profesionales y materiales.

Es necesario trabajar la institucionalidad, fortaleciendo las responsabilidades del Estado como soporte fundamental de la equidad social. Para eso se requiere afianzar al personal competente, dedicado a servir a los intereses públicos, actualizándolo, reteniéndolo y dándole participación en el diagnóstico de los problemas y en la toma de decisiones.
En el entendimiento de que una de nuestras tareas es asesorar a los niveles de decisión política del Ministerio, cumplimos ésta con el trabajo que hoy presentamos y proponemos la creación de tiempos y espacios instituidos para continuarla en forma colegiada.

FORO De Supervisores Técnico Docentes De La Provincia Del Chaco:

1° ¿Quines somos y que queremos? El lugar del supervisor en el sistema.
El Foro es un espacio virtual y presencial para compartir análisis, reflexiones y aplicación de conocimientos dentro de un esquema de aprendizaje colaborativo en el que interviene un grupo de supervisores con la expectativa de mejorar las prácticas de su función y apuntando al objetivo en común que es el sistema educativo . El FORO de Supervisores, constituido por supervisores de todos los niveles y servicios de toda la provincia, conscientes de la responsabilidad que nos compete, al ocupar el escalafón máximo de la carrera docente , creamos este espacio de trabajo, e intercambio de experiencias redefiniendo nuestra función.
Un principio esencial en el funcionamiento de este Foro , es el abordaje de la problemática desde una mirada sistémica enmarcada en los lineamientos de la política educativa tanto provincial como nacional , y no desde la óptica de políticas partidarias o gremiales. Sostenemos la necesidad de trabajar en equipo y coordinadamente con otras instancias del sistema –fruto de una larga construcción colectiva- en beneficio de la educación.
2° Cómo funciona?
Virtualmente por correo electrónico y ocasionalmente en las oportunidades en que nos podemos reunir por grupos, ya que el Ministerio no propicia espacios de encuentro institucionalizado entre supervisores. A pesar de nuestros pedidos y la vigencia del modelo de gestión cooperativa, solicitamos se institucionalice instancias de encuentros presenciales reconocidos para posibilitar la asistencia de colegas de toda la provincia.
3° ¿Qué hicimos hasta hoy?
Trabajamos y elevamos la propuesta sobre Misiones y Funciones del supervisor, propusimos reformas a la estructura del Ministerio de Educación, nos posicionamos con respecto a Ley de Reforma Previsional, elevamos propuestas para concretar Encuentros y Capacitación de Supervisores.
En el Foro se realizan planteamientos sobre situaciones conflictivas, interpretaciones sobre la normativa, problemas en el ejercicio de la función, y fundamentalmente fortalecemos un espacio de comunicación y difusión de noticias educativas útiles en la función.


4°¿Qué nos preocupa?
Ante innumerables situaciones y condiciones por las que atraviesan actualmente la gestión supervisiva , interfiriendo incluso en nuestro rol, misiones y funciones, la crisis educativa se agrava ante :
-La percepción de inseguridad Jurídica en los docentes.
-El escaso respeto a la carrera docente
-La ausencia de gestión del conocimiento
-El escaso grado de coordinación y de articulación entre las instancias técnicas.
-Un alto grado de desarticulación entre la gestión curricular de todo el sistema y las políticas educativas.
-La escasa socialización de la política educativa
-El el débil funcionamiento del Consejo Consultivo de Supervisores en las Regionales educativas.
-Otros propios en el desempeño de las funciones del Supervisor en el Sistema Educativo.

5° Que proponemos?
-Invitar a todos los supervisores a participar del FORO:
-El reconocimiento por parte del Ministerio del Foro como una de las instancias de trabajo de los supervisores.
-Fortalecer el Foro como canal de comunicación. Que cada regional tenga un delegado.
-Trabajar y proponer alternativas de trabajo superador. Poner al servicio del Ministerio la experiencia e idoneidad de los supervisores.
Proponemos el tratamiento de problemáticas diversas ante instancias jerárquicas para lograr optimizar el funcionamiento del sistema educativo para beneficio de las instituciones y la comunidad educativa.











“…La escuela sola no puede enfrentar una cotidianeidad distinta a aquella para la que fue conformada. Requiere:
• Actualización de marcos y contenidos curriculares.
• Compromiso conjunto de los distintos organismos de decisión eductivos. Políticas educativas que optimicen los recursos humanos existentes y promuevan cambios significativos y eficaces.
• Nuevas dinámicas de gestión que faciliten la reformulación de formas de construir el proceso de enseñanza aprendizaje significativo para la vida de los estudiantes y la comunidad educativa toda…”
Problematicas detectadas:
-Escaso respeto a la carrera docente: Por ejemplo la creación de cargos de Coordinador, las funciones y tareas se superponen con la de Supervisor, con el agravante de que no se respetan las vías jerárquicas ni los aportes pedagógicos-técnicos y legales de los supervisores. El desconocimiento de la normativa vigente ocasiona muchas dificultades y problemas en las escuelas. Ej Plan Provincial de Educación Física (viciado de nulidad, pero bajado para consulta).
Es necesario conformar los cargos de las Direcciones Regionales, de conformidad al Art. 303 de la Ley 5125 (t.o.)- Estatuto del Docente, y determinar los perfiles e incumbencia de títulos de los Servicios Técnicos de las Direcciones Regionales y del MECC y T, previstos en el Art. 71 de la Ley 4449.
En muchos casos se actua directamente en las escuelas desde el Ministerio, y sobre atribuciones o funciones del director o del supervisor. Por ejemplo: creación de escuelas, creación de cargos, afectaciones, trámites. No se respeta la via jerárquica ni los circuitos administrativos, en muchos casos firman actuaciones personas de confianza de los funcionarios, no intervienen los que deberían asesorar y conocen en los distintos temas.
Siguen los profesores sin titulos protegidos pero no los que tienen títulos docentes para el nivel , por ejemplo en la institucionalización de los proyectos especiales. Ha empeorado aun mas los problemas de las Juntas de Clasificación, por ejemplo Secundaria para confeccionar las listas , que salen cada vez mas tarde. No se nombran supervisores como establece el Estatuto.

-Escaso grado de coordinación y de articulación entre las instancias técnicas.
Es sabido que no es suficiente la cantidad de técnicos que tenga en Ministerio para asegurar la calidad y organización del servicio educativo, sino fundamentalmente la delimitación de funciones y tareas, y la coordinación entre los mismos para obtener el mejor servicio educativo.
El Supervisor debe desarrollar acciones de acompañamiento, coordinación y asistencia técnica pedagógica a las instituciones en la ejecución de acciones y proyectos enmarcados en los procesos de gestión institucional-curricular para fortalecer los aprendizajes y la inclusión en las instituciones escolares, pero esto se dificulta cuando no hay verdadera comunicación y coordinación.
Intervienen asesores y representantes de distintos programas paralelamente en las escuelas, incluso desconocidos entre ellos. Ej. Becas estudiantiles, Fines, Cooperativismo. Incluso a veces se contradice con indicaciones de otras instancias como Títulos y Equivalencias.
En muchas ocasiones existen superposición de eventos sin la coordinación previa de ninguna instancia lo que sobrecarga de obligaciones a las escuelas.
Muchos instrumentos legales llegan directamente a la escuela, imposibilitando que el asesoramiento sobre su aplicación y alcance se realice correctamente. Pocos programas se cercioran de la correcta notificación a Regionales a tiempo. Estamos en mayo y las escuelas desconocen los pormenores de financiamiento de Becas, PROMEDU, etc Cuando ya fueron lanzadas a nivel nacional. Se desaprovechan recursos.
Tutorias. Control y otorgamiento de licencias, altas y bajas: desarticulación, vias paralelas. manejo (o desmanejo) de cargos de MME.
Muchas veces el otrogamiento de recursos, como bancos y otros pasa por discrecionalidad de los funcionarios, y no por real constatación de prioridades.
Hoy aparecen las figuras tales como “Coordinadores – Referentes - Auxiliar Técnico Pedagógico (ATP), con Adscripciones, Afectaciones” sin manual operativo de misiones y funciones, que gestionan y articulan directamente con los centros educativos, manejan información que no siempre es accesible a los Supervisores, y que en el afán de agilizar las gestiones, complican la circulación del conocimiento y crea confusión en las toma de decisiones y cumplimiento de trámite.
De este modo, se reciente el seguimiento, acompañamiento y asesoramiento pedagógico a las instituciones.

-Un alto grado de desarticulación entre la gestión curricular de todo el sistema y las políticas educativas.
Dos grandes ejes de la politica educativa: inclusión y multiculturalidad exigen coordinación para implementar eficazmente los cambios.
NECESITAMOS QUE NOS INFORMEN, QUE NOS INCLUYAN EN ACCIONES E IMPLEMENTACIONES SINO NO PODEMOS CUMPLIR FUNCIONES..
Estela Cols (1994) [17] apunta algunas cuestiones interesantes en relación a los procesos curriculares de cambio fundamentalmente al hecho de que desconocemos realmente el impacto de las innovaciones en la práctica pedagógica de las escuelas, y fundamentalmente si nos proponemos apuntar a la inclusión con calidad educativa . Al tratar los problemas de las intermediaciones en los procesos de cambio corresponde hacer especial referencia al papel que juegan los supervisores como comunicadores y posibles formadores. ..
Pretendemos que el Rol del Supervisor/a no sea el de mero delegado/a del poder central, sino es un actor con distintos niveles de participación en la toma de decisiones, donde las acciones de Planificar, Gestionar y evaluar forma parte del proceso de construcción para acompañar, mediar, facilitar, asesorar, actuar con autonomía, reposicionarse, crear y diseñar estrategias, para responder a las demandas que convergen hacia esa jerarquía.
La efectividad del desempeño laboral del supervisor se define por la calidad del “espacio institucional” configurado por el interjuego de las relaciones de articulación mutua y múltiple entre los niveles de la administración y las unidades escolares. La definición de los encuadres de estas relaciones de articulación requieran un tratamiento prioritario si se tiene en cuenta que la supervisión educativa cumple un papel de mediación entre las confluencias y contradicciones que caracterizan los fenómenos educativos al interior del sistema y en el seno de la comunidad. Sin embargo, podría decirse que justamente lo que caracteriza la situación actual de la supervisión educativa es la fractura de las articulaciones, a lo cual se suma una serie de condiciones deficitarias contextuales para el desempeño de sus funciones.
Para llevar adelante la política de inclusión educativa y la implementación de programas y proyectos es necesaria la coordinación de todas las instancias del Ministerio, sin embargo el monitoreo y la evaluación de los mismos se desarrollan sin coordinar con los supervisores de manera orgánica. No se puede lograr la optimización de los recursos si no se cuenta con los supervisores , la falta de coordinación lleva a la falta de optimización de recursos en muchos casos .
Las adaptaciones curriculares en el nivel medio necesitan lineamientos de currículo en este tiempo de transición. En el caso de los Proyectos y del EDI , en que se nos indicó que se deben actualizar sobre la demanda real del PEI de las instituciones, nos faltan instancias de trabajo entre supervisores, o indicaciones generales con las que se pueda contar para complementarlas.
En el caso de los 7° grado, en nombramientos y desplazamientos se procede según entendimiento de cada uno y no por lineamientos claros.
En el caso de la currícula de escuelas técnicas se trabaja con el mismo sin el asesoramiento de especialistas de curriculo…. La implementación se ajusta a tiempos de cumplimiento en Nación pero no a los necesarios tiempos del trabajo de diseño curricular que garantice la viabilidad del perfil de egresado y la titulación.
Algunas veces los técnicos de las Regionales, del Ministerio o incluso de varios programas opinan e intervienen en las escuelas sin ninguna participación o coordinación para visitas, monitoreo, realizando interpretaciones o intervenciones recortadas de la realidad escolar.
El alargamiento de las decisiones de creación de Direcciones de Nivel , trae aparejado el desaprovechamiento de acciones y financiamientos por falta de decisiones específicas en cada nivel. Ejemplo: curricula de formación profesional, de BLA, de Nivel Secundario. NO hay articulación con Plan de Alfabetización, con Terminalidad, con Fines.. con el sistema formal.

. Escasa socialización de la política educativa:
Ozslak (citado por Tiramonti, Ob. Cit., p. 25) cuando afirma que "la materialización de un proyecto político exige actuar sobre y a través de una estructura burocrática preexistente. No lograr congruencia entre proyecto y aparato puede llevar a alterar jurisdicciones, jerarquías y competencias, afectar derechos adquiridos, modificar situaciones de poder establecidas dentro de las instituciones estatales. Los supervisores son el nexo entre los responsables de la administración del sistema y de la planificación de las políticas con las escuelas como ámbitos concretos en que esas políticas se deben ejecutar. De tal manera que la concreción que todo proyecto político educativo requiere de ellos como “vehículos naturales” en el proceso de transmisión de las políticas a los centros escolares y, más aún, pueden asosar sobre la viabilidad, los inconvenientes o aun la no conveniencia o ineficaria de la aplicación de una acción derivada de la política por medio de la búsqueda y sistematización de la información en las escuelas.
(Sander, B. 1996) [19] la supervisión educativa desempeña un papel de inter mediación esencial que determina significativamente la propia naturaleza de las interacciones que ocurren en el sistema educativo y en sus escuelas. ( APORTE DE “ANALISIS DE LA GESTION SUPERVISIVA” INVESTIGACION DE LA FAC. DE PATAGONIA AUSTRAL- PROVINCIA DE SANTA CRUZ)
No tratamos la política educativa provincial con los regionales u otras instancias . No son reglas claras para todos.
Uno de los temas que mas nos inquieta, por ejemplo es la “ Transferencia de fondo a Municipalidad para mejorar calidad educativa” ? incluida en el Decreto Provincial Nº 473 – PE-
Oficialmente aun no estamos enterados de su existencia , pero la Dirección de Políticas socio-educativas ya existe y su ámbito es…..
Otro tema inquietante para el desempeño de nuestras funciones es la configuración de las 8 regionales que figuran en el Decreto.

. Funcionamiento del Consejo Consultivo de Supervisores en las Regionales educativas.
EL EQUIPO DE SUPERVISORES ESTA COMPUESTO POR LOS SUPERVISORES DE TODOS LOS NIVELES Y MODALIDADES DE UNA REGION EDUCATIVA.-ES el CUERPO ASESOR DEL DIRECTOR REGIONAL-Es el ámbito de discusión y acuerdo acerca de la articulación entre los distintos niveles y modalidades para, respetando la diversidad y la autonomía institucional, proponer y desarrollar un proyecto local y regional. Comparte experiencias, unifica criterios y procede al perfeccionamiento y capacitación .
Se observa que algunas Direcciones Regionales no tienen definido desde su estructura/ organigrama, el Equipo de Asesores previsto en la normativa vigente, que establece un Supervisor de cada nivel y modalidad, un Rector de Nivel Superior y un Técnico debidamente acreditado.
Establecida en la Ley de Educación, ya que son equipos de asesores de cada regional, hoy se cumple solo por voluntad de los regionales. No siempre los asesoramientos técnicos .pedagógicos de los supervisores se tienen en cuenta en las decisiones . El supervisor/a es el Profesional Experto donde la experiencia cobra presencia, manteniendo los espacios ganados para superar las tareas de “controlador” y “Ejecutor” de políticas educativas, por el de consultor experto, no siempre valorada ni requerida.












FORO DE SUPERVISORES –PROVINCIA DEL CHACO

PLANTEO DE INSEGURIDAD JURÍDICA
Se analizó desde el ROL del SUPERVISOR y desde los múltiples incidentes que están dando cuenta del funcionamiento del Sistema Educativo Provincial y del MECC y T en particular sobre la toma de decisiones, la circulación y uso de la información, las formas y dinámica del área administrativa, con giros sustantivos en las modalidades de gestión implementadas que riñen con la legislación vigente.
*Según la Ley General de Educación Nº 4449 (vigente), Art. 20, establece que el Estado Pcial. podrá adecuar la estructura general del Sistema, a la demanda del cambio histórico-social, a través de la promoción de las transformaciones necesarias, conforme con lo acordado en el Consejo Federal de Cultura y Educación y con el objeto de preservar la unidad y coherencia del Sistema Educativo Nacional, previa consulta a la comunidad educativa.
En este sentido, no se tiene referencia sobre la consulta a la comunidad educativa, definida en el Art. 99 de la misma ley, para la promulgación del Decreto Nº 473/09- PEP, que aprueba la nueva estructura del MECC y T, que rige desde el 01/01/2009. De la lectura de objetivos, responsabilidades, acciones de las distintas dependencias que fija la nueva estructura, se visualiza superposiciones de aspectos que necesitarían ser explicitados y bien delimitados, a los efectos de su operatividad.
A manera de ejemplo y específicamente La Unidad de Recursos Humanos (U RR HH) Acciones, punto 5, establece participar junto al Organismo Rector en la confección de
perfiles y demás condiciones para los llamados a concursos que se realicen para la cobertura de cargos vacantes a nivel jurisdiccional, y en el proceso de selección a fin de asegurar el cumplimiento de los requisitos formales estipulados por la legislación vigente. Teniendo en cuenta que esta Unidad tendrá a su cargo los legajos únicos de personal, informar sobre datos de cada uno de los agentes, liquidación de haberes y demás compensaciones, diligenciar los trámites de beneficios, derechos, obligaciones, de los agentes como certificaciones de servicios, licencias, antigüedad, entre otros, aplicando los regímenes especiales para cada caso.
Pensar solo en la operatividad de esta Unidad y sobre todo la responsabilidad de las tareas que le compete, nos lleva a analizar sobre la necesidad de conformar cuadros técnicos específico, perfil y manual operativo que garantice idoneidad para el desempeño. Otra observación, no aparece en el documento el Organismo Rector. Hoy estas acciones cumplen las Juntas de Clasificaciones, Dirección del Personal y Dirección de Administración.
Preocupa cómo se construyen actualmente las políticas públicas sin proceso de investigación inicial o diagnosis, detección de nodos, demandas de cambio histórico- social en lo que respecta a la burocratización de la administración, aplicación de criterios de factibilidad, operatividad, funcionalidad, sostenible y sustentable, con propuesta de resignificación de recursos humanos, presupuesto y consulta a la comunidad educativa.
Existe actualmente una gestión administrativa sesgada, en algunos aspectos y situaciones profundamente burocratizada, en otros aspectos se priorizan las demandas sectoriales sin regimiento de la vía jerárquica y normativa vigente.
Esta polaridad que caracterizan la gestión administrativa actual, están dando cuenta del estado de incertidumbre que produce en los distintos escalafones del sistema educativo e impactan en las instituciones, ya que no hay certezas, de allí la proliferación de las innumerables situaciones judiciales. Esto, a su vez, conlleva a que se demande más allá de lo que corresponde y debe, en algunos casos, con una pretensión tal de querer imponer decisiones tanto desde sectores de agentes dependientes del sistema, como en sectores de la sociedad civil; producto de las contradicciones constitutivas o tensiones que se generan en las toma de decisiones.
Sondeando la opinión de los Docentes sobre el particular una expresión sintetizó el panorama que se vivencia a diario en terreno: “No existen los derechos establecidos en la legislación vigente, solo el de aquel que lo promueve a través de los fueros administrativos y judiciales” (sobre todo este último).
Son tiempos de crisis donde es necesario revertir los escenarios y el panorama signado, a través de acciones concretas, mejorando aspectos sustantivos como la gestión del conocimiento, el manejo y circulación de la información oportuna para la toma de decisiones en los centros, el respeto por la normativa vigente, una verdadera participación democrática en lo que atañe a educación, resignificación y uso de los recursos tecnológicos, existentes que agilicen el sistema ( Internet, comunicación, base de datos, otros servicios) en cada Dirección Regional y Centro.
En este contexto actual, la figura del Supervisor, su Rol y posicionamiento dentro de la estructura del Sistema Educativo es clave, ya que posee el conocimiento en terreno de las instituciones a cargo. Articula la política educativa entre los niveles centrales, las unidades educativas y la sociedad civil con manejo profesional, fortaleciendo la autonomía institucional a través del información oportuna, orienta, asesora, guía y acompaña desde la experiencia y capital del conocimiento técnico pedagógico-administrativo-legal a las instancias decisorias y centros educativos, da coherencia al desarrollo y cumplimiento de las políticas educativas (art. 93º- Ley 4449). Es un recurso humano no explotado/ potenciado, y actualmente desjerarquizado ya que se ha subestimado en el tiempo su capacidad de enlace, gestión y asesoramiento técnico profesional, por resistencia a la figura y visión de amenaza. Es un eslabón necesario de la estructura, ya que el manejo directo con las unidades educativas, sin la intervención del Supervisor trajo aparejado innumerables déficit en todas las gestiones encaradas con esta nueva modalidad, recurriéndose en última instancia a este Actor y solo para apagar incendios y normalizar lo actuado. Esto produjo paulatinamente el deterioro de la gestión con exceso de tiempo en las tramitaciones (reinicio de actuaciones que pasean por todo el circuito administrativo con demoras innecesarias y devoluciones por remisión sin el encuadre correspondiente), imprecisiones en las definiciones, confusión en las líneas de decisión, violaciones y excepciones permanentes a las normativas vigentes, que afectan el normal desarrollo del sistema. Entre otras cuestiones, se ha naturalizado considerar que los Supervisores y las Direcciones Regionales obran como obstaculizadores de gestiones, en los casos que se han priorizado trámites de pedidos de personas civiles que desconocen la dinámica del sistema en su conjunto y más penoso aún, con la anuencia de algunas autoridades de los niveles decisorios, en inobservancia de los procedimientos de carácter general, los que son de cumplimiento, y no admiten debate ni son optativos; de otro modo el resultado es la ingobernabilidad por aumento de las demandas con esta modalidad y ante la falta de respuestas, los demandantes amenazan con piquetes, recurrir a los medios y/o a la Cámara de Diputados.
Los casos judiciales son otros aspectos que se deberá considerar, desde la sana crítica e interpretación de la norma, a efectos de que las alternativas propuestas por el MECC y T, no generen más casos de esta índole, que desgastan al sistema en su conjunto; en sus recursos humanos (Recursos, definiciones, notificaciones, oficios, etc.) y financieros (con costas).
Es necesario conformar los cargos de las Direcciones Regionales, de conformidad al Art. 303 de la Ley 5125 (t.o.)- Estatuto del Docente, y determinar los perfiles e incumbencia de títulos de los Servicios Técnicos de las Direcciones Regionales y del MECC y T, previstos en el Art. 71 de la Ley 4449. Se observa que algunas Direcciones Regionales no tienen definido desde su estructura/ organigrama, el Cuerpo de Asesores previsto en Decreto Nº 1690/03-PEP, que modifica el Decreto Nº 2780/98-PEP; que establece un Supervisor de cada nivel y modalidad, un Rector de Nivel Superior y de cada Servicio Técnico, debidamente acreditados. Hoy aparecen las figuras tales como “Coordinadores – Referentes - Auxiliar Técnico Pedagógico (ATP), con Adscripciones, Afectaciones” sin manual operativo de misiones y funciones, no aparecen el la POF, que gestionan y articulan directamente con los centros educativos, manejan información que no siempre es accesible a los Supervisores, y que en el afán de agilizar las gestiones, complican la circulación del conocimiento y crea confusión en las toma de decisiones y cumplimiento de trámite, en inobservancia de la Resolución Nº 333/04- MECC y T.
Pululan el en sistema adscripciones, afectaciones de agentes con instrumentos legales en trámite (acto administrativo pasible de sanción según la Resolución Nº 6463/08- MECC y T), y sin los perfiles profesionales acorde con la tareas asignadas.
Se crean y habilitan cargos/ horas cátedras con instrumentos legales en trámite, sin gestión desde las instituciones educativas y encuadre en la Resolución Nº 069/07- MECC y T. Asimismo, por Memorando Nº 002/09-SE del MECC y T, se establece plena vigencia de las Resol. Nº 1042/97 y 2666/03- MECC y T, recordando que los actos administrativos generan responsabilidades plenas y absoluta, en la aplicación de la normativa vigente, de conformidad al Art. 12º de la Resol. Nº 1042/07- MECC y T (sic): “Considerar falta grave para los funcionarios, el personal de supervisión y directivo, la inobservancia y trasgresión a lo normado por la presente resolución, así como el suministro de información incorrecta en forma deliberada…” recomendando a los Supervisores, control in situ de la aplicación de la normativa vigente con aplicación de los procedimientos estipulados el Resol. Nº 2666/03-MECC y T.
De este modo, se reciente el seguimiento, acompañamiento y asesoramiento pedagógico a las instituciones. Además no se cuenta con personal de apoyo administrativo, siendo esta área, el más demandado por lo explicitado precedentemente.
Suman las carencias de mobiliario mínimo para desarrollar la tarea, presupuesto para insumos, actualización de montos para el rubro combustible dado a valores históricos y falta de acceso a movilidad oficial para la asistencia a las instituciones escolares.



GESTION DEL CONOCIMIENTO

"La Gestión del conocimiento es un concepto aplicado en las organizaciones, que pretende transferir el conocimiento y experiencia existente entre sus miembros, de modo que pueda ser utilizado como un recurso disponible para otros en la organización. Usualmente el proceso requiere técnicas para capturar, organizar, almacenar el conocimiento de los trabajadores, para transformarlo en un activo intelectual que preste beneficios y se pueda compartir. En la actualidad, la tecnología permite entregar herramientas que apoyan la gestión del conocimiento en las empresas, que apoyan la recolección, la transferencia, la seguridad y la administración sistemática de la información, junto con los sistemas diseñados para ayudar a hacer el mejor uso de ese conocimiento…”
De esta definición se desprende que para implementar la Gestión del Conocimiento en las organizaciones, debemos tener en cuenta dos factores: las personas y la información.
Para que ninguna administración pierda los conocimientos del sistema educativo, y se malgasten esfuerzos hasta que los actores logren articular los modos de hacer y de ser con los lineamientos de la política educativa, es imprescindible que los niveles de gestión política del sistema generen las condiciones para implementar la gestión del conocimiento.
En el devenir histórico del Sistema educativo chaqueño, se aprecian procedimientos normados que tienden a resguardar y utilizar el conocimiento adquirido en él.
En el marco Normativo:
Estatuto del docente: La versión original (1990) del Art. 303 (que fue debatida y consensuada por todos los actores: docentes, padres, poderes ejecutivo y legislativo) establecía que en los cargos de gestión política extra-escalafonarios los actores debían ser elegidos entre los supervisores. Luego, las sucesivas administraciones, (amparadas en su mayoría legislativa, pero sin debate ni consulta a la comunidad educativa) fueron ampliando la base elegible, llegando a la actualidad en el que el único requisito parece ser el de ser personal docente. Por lo que se perdió la garantía de experiencia en gestión y capital de conocimiento que se pretendió resguardar en 1990.
Ley General de Educación de la Provincia del Chaco(1998):establece que el Director Regional será asesorado en cuestiones específicas por el equipo de supervisores, pues ya se había normado la base elegible para ese nivel de conducción eran los supervisores, directores y rectores. Si recordamos que esta etapa fue la de implementación de políticas neo-liberales y de vaciamiento de contenidos a la educación, interpretaremos acabadamente estos cambios. En cuanto a los servicios técnico docentes amplía su competencia de asesoramiento a las instancias de conducción política y su tarea (art.71), pero no deja de lado el requisito del concurso para su acceso, requisito que hasta la fecha no se cumple.

Hasta aquí hemos visto los mecanismos normados para resguardar el conocimiento (que está en las personas). Pero también es imprescindible que revisemos cómo circula la información (base sobre la cual se construye el conocimiento).

Instrumentos legales: El acceso a la información que contienen se ve ampliamente disminuido al no estar disponibles en línea. Desde el portal del Ministerio de Educación se puede acceder a los decretos del Poder Ejecutivo Provincial, no así a las Resoluciones Ministeriales y a las Disposiciones de las Subsecretarías. Sería conveniente una guía para saber cuales están en vigencia.
NO SE VALORA la difusión de la normativa, de la jurisprudencia (casos que han sido resueltos de una u otra manera), los lineamientos para, por ejemplo, si se debe cumplir o no con la política de trabajo para la mayor cantidad de docentes (depende de quien opine, los noventa días son provinciales o por localidad)
Documentos pedagógicos: Disponibles en línea, y sólo de programas puntuales, sin suficiente promoción en las instituciones. No se observan mecanismos de divulgación para las instituciones que no cuentan con acceso a Internet. NO SE VALORA el resguardo y la difusión de los documentos. Siempre se depende de las decisiones del Gobierno Nacional y lo más triste es que se cumple a pie de juntillas, sin espíritu crítico ni adecuación al contexto
Ejemplos:
• Los funcionarios políticos y referentes de distintos programas de todas las administraciones concurrieron a cursos y recibieron documentos pedagógicos (libros, CD, etc.) en tanto representantes de la Provincia, pero al parecer asumieron que fue a título personal, ya que cuando dejaron la función, se llevaron todo a sus domicilios, y no ha quedado en el Ministerio ese material. El procedimiento adecuado sería depositar todo el material en el Centro de Documentación para que esté disponible para los futuros funcionarios y todo docente que quiera consultarlos.
• El Centro de Documentación no tiene una política proactiva y de servicio hacia todos los actores del sistema. La única vez que distribuyó un CD con información fue con motivo de los concursos de ascenso. Debería actualizarse anualmente esa entrega.
• Resguardo de la documentación: no se evidencia el resguardo de la información referida a la trayectoria de los subsistemas, por ejemplo si vamos a trabajar con el Nivel Secundario ¿cómo se viene trabajando los cambios en la estructura? pero desde los porque y quienes, no solo el como. La efectividad a partir de recoger la trayectoria, no resolver aisladamente para dar respuesta inmediata puntual, sino dar respuesta puntual teniendo en cuenta el todo.


Lineamientos de Políticas Educativas: no se advierte su disponibilidad. En el portal del Ministerio no se explicitan los lineamientos, tampoco están disponibles en soporte de papel.
Cuando se hacen convocatorias para lanzamientos de programas, las invitaciones son restringidas a un determinado grupo (Encuentro Provincial de Referentes Socioeducativos) y no existe difusión de documentos que justifiquen el proyecto a todos los actores del Ministerio. No se pueden llevar a cabo acciones sin todos los actores de sistema y para ello es indispensable el compromiso de los mismos, condición que se logra sólo con participación.
Procedimientos administrativos: no se advierten actualizaciones en la normativa que regula los procedimientos. Se implementan controles sin adecuar el circuito administrativo ni modificar la reglamentación vigente.












PROPUESTA
El Foro de Supervisores, entiende que ha llegado el momento de presentar sus aportes, a los niveles centrales del MECC y T, con visión de Cuerpo Técnico, para el mejoramiento del Sistema en su conjunto en lo atinente a la gobernabilidad, operatividad, eficacia y eficiencia en su funcionamiento, con las siguientes propuestas:
-Fortalecer los planteles profesionales y técnicos del MECC y T, determinando los perfiles de incumbencia necesarios para el desempeño de tareas en los cuadros de la estructura, a fin de garantizar una adecuada gestión estatal, que armonice la comunidad educativa en su conjunto, con reglas claras, eficacia, eficiencia, equidad y verdadera articulación entre todos los estamentos del sistema.
-Propender que la elaboración de políticas públicas, reúnan los requisitos de legalidad y legitimidad a través de procesos previos de investigación inicial o diagnosis, detección de nodos, justificación de verdaderas demandas de cambio histórico- social en lo que respecta a la burocratización de la administración, aplicación de criterios sostenible y sustentable, con propuesta de resignificación de recursos, presupuesto y consulta a la comunidad educativa, potenciando el ejercicio de participación democrática que genera compromiso en la acción.
-Mejorar el manejo y circulación de la información oportuna para la toma de decisiones en los centros. No existe planificación y control de la información, es suministrada en forma confusa, se toman decisiones sin contacto con los sectores involucrados.
-Provisión, manejo y uso de los recursos tecnológicos, que agilicen el sistema ( Internet, comunicación, base de datos, otros servicios) en cada Dirección Regional y Centro.
- El cumplimiento de las normativas vigentes para un servicio eficiente en tiempo y forma.. Difusión de los cambios, lineamientos de interpretación .de la normativa.
Dar a conocer la conformación de los nuevos cuadros políticos jerárquicos y las líneas de acciones del Ministerio. Politicas educativas que optimicen la gestión del conocimiento y los recursos humanos del Ministerio.
Respeto por el Rol Técnico Profesional del Supervisor, las misiones y funciones que desempeña, desde el reconocimiento de su posicionamiento dentro de la estructura del sistema y consulta permanente para la toma de decisiones, ya que existe actualmente superposición de roles con técnicos asesores, coordinadores, referentes, etc..
-Promover el trabajo colegiado conformando el Cuerpo de Asesores previsto en Decreto Nº 1690/03-PEP, que modifica el Decreto Nº 2780/98-PEP; que establece un Supervisor de cada nivel y modalidad, un Rector de Nivel Superior y de cada Servicio Técnico.
-Previsión de capacitación específica para Supervisores, orientada a compatibilizar las demandas del área administrativa desbordada con la pedagógica, que permitan una intervención superadora para mejorar la calidad de los servicios educativos en esta debacle.
-Mejorar la jerarquización y condiciones laborales de los Cuerpos Técnicos de Supervisores legales, naturales de cada Regional con mobiliario mínimo para desarrollar la tarea, presupuesto para insumos, actualización de montos para el rubro combustible dado a valores históricos, acceso a movilidad oficial para la asistencia a las instituciones escolares, asignación de personal de apoyo administrativo necesario por la cantidad de centros a cargo.
-Reconocimiento del Foro de Supervisores como cuerpo técnico legal y natural del Ministerio de Educación, a través de la convocatoria a instancias de trabajo en comisiones oficiales, por temáticas específicas con los supervisores.
-Trabajo en redes con articulación y coordinación entre supervisores y otras instancias técnicas pedagógicas, respetando los roles.
-Nombramiento de Supervisores de acuerdo a las necesidades reales estructurales de cada Regional.

sábado, 21 de marzo de 2009

El lugar del supervisor frente a la convivencia y la disciplina escolar
Prof. Raúl Moroni

No es conveniente abordar este tema, sin antes repasar aunque sea brevemente, cuál es o debería ser el rol de la supervisión escolar dentro del proceso que hace a la gestión del curriculum.No hace falta abundar en detalles para decir que la función del supervisor se ha instituido a lo largo de la historia de nuestra educación como una función de control, con fuerte acento en los aspectos administrativos de la escuela. Sin embargo, si lo que deseamos es acercar algunas ideas sobre cuál podría ser el lugar desde el que los supervisores podrían situarse frente a la convivencia y disciplina escolar debemos referirnos a una supervisión que se asuma como factor dinamizador de la construcción curricular. En dicho contexto situaremos a los supervisores como facilitadores de los procesos de cambio e incorporaremos también la gestión de la convivencia escolar como objeto de su trabajo cotidiano.La supervisión es una función educativa y el/la supervisor/a es un educador/a. Incorporar la dimensión pedagógica a su rol es el primer paso a dar y esto supone todo un desafío y un cambio cualitativo que nuestra educación en pleno proceso de cambio necesita.La dimensión pedagógica es una dimensión de construcción colectiva y de crecimiento para todos los actores institucionales en la que el supervisor colabora desde su rol apoyando dicha construcción.Para el caso concreto de la convivencia escolar, la identificación de las necesidades educativas y características del contexto social y educativo son aportes que se pueden realizar más adecuadamente desde la supervisión, ya que el personal directivo de la escuela trabaja más en el día a día de la escuela y no dispone de una visión panorámica mayor que la que la dinámica de su establecimiento educativo le permite.El supervisor no debería estar necesariamente acosado por la inmediatez de los acontecimientos, aunque en numerosas oportunidades esto sucede.Puede ser el facilitador y dinamizador de la tarea hacia el interior de las instituciones y un articulador entre las escuelas favoreciendo el diálogo y el intercambio de experiencias entre las mismas.La gestión de la información necesaria para la puesta en marcha de los programas de convivencia escolar es otra de las tareas que el supervisor podría asumir situándose como un organizador del conjunto institucional.Como el curriculum es también un espacio de aprendizaje, el supervisor es quien a partir de su propia capacitación será un constante abastecedor de insumos a cada una de las escuelas a su cargo, convirtiéndose en un asesor competente capaz de abordar los problemas de las relaciones interpersonales y grupales en las instituciones educativas y en las problemáticas sobre convivencia en las escuelas ya sea anticipándose al surgimiento de las mismas o acompañando a la dirección escolar y a la institución en la resolución de las situaciones ya producidas.Las reflexiones precedentes intentan aportar ideas acerca del tema en cuestión, que desde ya no constituyen más que una opinión a la que pueden sumarse otras que estén o nó de acuerdo con lo expresado. De esta manera, el diálogo queda abierto
LA SUPERVISION EDUCATIVA EN GUATEMALA



Escrito por
Julio Antonio De León Sosa,
Supervisor de Educación. Izabal, Guatemala.


Por todos es sabido que la Supervisión Educativa constituye, se considera la columna vertebral del Sistema Educativo en el sentido de ser aquélla la que sostiene el nexo entre la administración superior y la comunidad educativa. Acciona como orientadora y brinda asistencia técnica, permanente y profesional tanto a directivos como docentes, así como media en la resolución de conflictos, producto de la poca o nula comunicación entre las partes involucradas.
En Guatemala la supervisión educativa como tal tiene su base legal en lo siguiente: a) Constitución Política de la República de Guatemala, (Artículos 71, 72, 73 y 74)b) Decreto Legislativo No. 12-91, Ley de Educación Nacional, c) Acuerdo Gubernativo 123"A", de fecha 11 de mayo de 1965, "Reglamento de la Supervisión Técnica Escolar"
De conformidad con lo que establece el Acuerdo Gubernativo 123 "A", "Reglamento de la Supervisión Técnica Escolar" el supervisor escolar es un ente que entre sus funciones está la de contribuir a la superación de los docentes, a la resolución de los conflictos, a poner en marcha los programas y proyectos establecidos por el Ministerio de Educación, a la aplicación de la norma cuando fuese necesario. Se establece que la supervisión escolar está bajo el Supervisor departamental educativo.
A finales de 1989, debido a que los supervisores educativos apoyaron a los docentes en una huelga que duró cuatro meses, el Ministro de Educación de esa época destituye a todos los supervisores y crea una figura temporal denominada "Coordinadores Educativos".
Como resultado de tal acción, el sistema educativo no estaba marchando bien, pues no había control, no se seguían los lineamientos, por lo que en 1992 se creó la nueva figura del Supervisor Educativo, la cual vino a recuperar el espacio perdido y a retomar la acción de acompañamiento y asesoramiento.
En mayo de 1996, mediante el Acuerdo Gubernativo 165-96, se crean las Direcciones Departamentales de Educación. En su artículo 7º. establece que "la supervisión educativa de la jurisdicción que corresponda queda incorporada a la Dirección Departamental de Educación respectiva, siendo en consecuencia el Director Departamental de Educación el jefe inmediato superior de dicha supervisión".
En 1999 el Ministro de Educación crea paralelo a los supervisores la figura del Coordinador Técnico Administrativo, sin una base legal, solamente con un manual de funciones, (tomadas en su mayoría del Acuerdo Gubernativo 123 "A" y de la Ley de Servicio Civil). Con esto pretendía que se mejorara la atención al cliente y que cada supervisor tuviera una cantidad reducida de establecimientos.
Para el año 2003 existían tres figuras, lo que ocasionaba, en algunos casos, fricción pues quienes poseían nombramiento de supervisor educativo se sentían con más derechos que aquellos que estaban asignados como coordinadores.
Todo esto hizo que en este año 2006, se nivelaran las categorías, y ha venido a mejorar las relaciones entre todos.
Por ser una figura de carácter técnico administrativo, en muchas ocasiones es visto como el malo de la película debido a que se deben aplicar sanciones y muchas veces drásticas.
ORGANIZACIÓN
Guatemala está dividida en 22 departamentos, y éstos a su vez en municipios, (332 en total). En servicio hay 141 supervisores con nombramiento de Supervisor Educativo y 224 de Profesional I con funciones de Supervisor Educativo. A cada supervisor le corresponde un distrito escolar el cual oscila entre 14 a 50 establecimientos educativos tanto del área urbana como rural, (tanto del sector oficial como privado y por cooperativa).
Entre los establecimientos a supervisar hay del nivel preprimario, primario y medio. Son pocos lo supervisores que atienden solamente un nivel. Como se podrá observar los problemas son variopintos y por consiguiente se debe tener una habilidad tal como para resolver situaciones de diferente nivel.
Las actuaciones están contenidas en un Plan Operativo Anual, POA, en donde se establecen las visitas que se realizarán en el año, así como otras acciones a realizar.
EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO:
En la actualidad existen dos tipos de personal en servicio: los presupuestados y los contratados. A estos últimos es a los únicos que se les ha evaluado en su desempeño. En el caso del supervisor educativo únicamente interviene en la evaluación del docente contratado como director del centro. La evaluación consiste en una hoja de entrevista con indicadores de actuación tanto a nivel docente como con la comunidad. Los resultados únicamente los utilizan para la recontratación. Esto ha permitido que la mayoría continúe laborando. Al supervisor educativo no se le evalúa constantemente.
CAPACITACIONES
Con motivo de la Reforma Educativa, se ha involucrado al supervisor educativo en las capacitaciones de actualización docente como facilitadores del proceso de capacitación de los mismos. Las capacitaciones consisten en cálculo matemático, comprensión lectora y otros temas que le servirán para el desarrollo de su clase. En cuanto a la preparación en sí como administradores de la educación a nivel Departamental se llevan capacitaciones de reforzamiento y actualización en la aplicación de la norma y sobre relaciones humanas. Hay que hacer notar que éstas no son constantes.
Julio Antonio De León Sosa
Guatemala